09.01.2020 / Judiciales

Nuevo fallo sobresee imputados y destroza las operaciones con arrepentidos en la causa Cuadernos

El juez Martínez de Giorgi absolvió a Norberto Oyarbide y Javier Fernández en un expediente derivado del caso Cuadernos, destrozó el uso de los arrepentidos y argumentó que hubo “falta de pruebas”, “excursión de pesca” y “canto de sirenas”. Se suma a la decisión de Servini de exculpar a integrantes de La Cámpora criticando las extorsiones con declarciones de arrepentidos no documentadas.



Un nuevo fallo judicial muestra el sobreseimiento de imputados en causas derivadas de los Cuadernos y exhibe que el uso de las declaraciones de arrepentidos en que se fundaron esos expedientes constituyó una operación para la persecución política. En este caso se trata de una decisión del juez federal Marcelo Martínez De Giorgi, que en una resolución por una investigación surgida del caso de los escritos del ex chofer sobreseyó a Norberto Oyarbide y al ex integrante de la AGN Javier Fernández y argumentó que hubo “falta de pruebas”, “excursión de pesca”, “canto de sirenas” y acusaciones y manipulaciones que no configuran ningún delito.

Las críticas al proceso que emplearon el juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli para conseguir "arrepentidos" y hacerlos hablar en los Cuadernos se suman al dictamen de Jorge Di Lello y al fallo de María Romilda Servini, que llevaron al sobreseimiento de Máximo Kirchner y otros integrantes de la agrupación La Cámpora en otro expediente vinculado a las fotocopias, en el que señaló la utilización de la ley del arrepentido con fines extorsivos y la absoluta nulidad de esos testimonios al no haber sido documentados como indica la normativa.

La decisión de Martínez de Giorgi no sólo deja como consecuencia el sobreseimiento de Oyarbide, su ex colega, y de Fernández, señalado como operador judicial del kirchnerismo, sino que de su fallo surgen y se disparan cuestionamientos durísimos a la investigación de Bonadio y Stornelli y particularmente al uso de los arrepentidos.

Por un lado, Martínez de Giorgi definió que las menciones escritas por Oscar Centeno y "testimoniadas" por arrepentidos, como publicó Página 12, así porque sí no son delitos: Oyarbide y Fernández no habían sido mencionados en los cuadernos del ex chofer como partícipes de un mismo hecho y sólo fueron mencionados por el contador Víctor Manzanares en su rol de arrepentido en reuniones con él, por separado, sin ningún tipo de coima o pago de por medio. 

Cuando Manzanares buscó ser aceptado como arrepentido, mencionó reuniones con el ex juez federal y con el ex integrante de la Auditoría General de la Nación. Supuestamente, esos encuentros habían tenido lugar con el objetivo de limpiar a Néstor Kirchner en la causa por enriquecimiento ilícito que cursaba en el juzgado de Oyarbide. Pero Manzanares nunca mencionó pagos, coimas o dádivas para el funcionario judicial y sólo habló de reuniones y conversaciones telefónicas.

“La genérica referencia como materia de investigación a… las distintas reuniones que habrían mantenido Oyarbide y Fernández con ex funcionarios nacionales, con propósitos desconocidos al día de la fecha, no satisface en modo alguno el presupuesto necesario para dar inicio a la investigación”, señala Martínez de Giorgi en el fallo, con lo que básicamente dijo que no hay delito.

Y agregó que “no se describe en forma clara, precisa y circunstanciada cuáles habrían sido esas reuniones, quiénes habrían participado de ellas, cuáles habrían sido sus propósitos y, menos aún, qué significancia típica, al menos conjeturalmente, podrían tener esos encuentros”.



Según la resolución, además, los dichos del contador Manzanares no sólo no coinciden temporalmente con el relato del chofer Centeno sino que tampoco se encontraron pruebas que los respalden.

El juez, al igual de Servini y Di Lello, criticó el uso de las declaraciones de los arrepentidos como prueba suficiente, además de la modalidad. Según Martínez de Giorgi, “ante la carencia de otra prueba concreta que la avale (a la declaración), bastaría con que en un futuro se contradijera para fulminar su valor como prueba dirimente”.

Como se dijo y señala el fallo, “en las anotaciones de Centeno no existe ninguna referencia en la que se ubique a Norberto Oyarbide y Francisco Javier Fernández en el mismo ámbito temporal-espacial. Quien establece ese vínculo es Víctor Manzanares en su declaración como arrepentido”. Pero “mientras los relatos de Centeno datan de los años 2013 y 2015, los dichos de Manzanares ubican los sucesos (…) en el año 2009, es decir en un período muy anterior” a las supuestas reuniones. Pero, además, el juez resalta que los entrecruzamientos de llamados que se ordenaron en el expediente tampoco encuentran “nexo temporal” con el momento de los supuestos delitos.

El fallo advierte que “la piedra basal de esta pesquisa está constituida por las anotaciones” de Centeno, pero que en este caso, ni esos escritos ni los dichos de Manzanares pudieron ser acreditados por otras pruebas. Sin rodeos, Martínez de Giorgi afirma: “Un análisis más profundo permite concluir que no se trata más que de un canto de sirenas, de un espejismo”.

"Estas circunstancias dejan al descubierto la inconveniencia de edificar la imputación de conductas delictivas basándose exclusivamente en dichos de arrepentidos”, concluye, contundente, el magistrado.

En su fallo de 38 páginas, el titular del Juzgado Federal número 8 advierte que hubo serias irregularidades durante el proceso en detrimento de Oyarbide y de Fernández: afirma que desde el inicio de la investigación solo se obtuvieron “múltiples elementos fragmentados, sin ninguna conexión entre sí” y sin basamento en los hechos sólo se centró “en la personalidad” de los imputados.

Por eso, para De Giorgi se alteró el “sentido del proceso”, es decir, averiguar la verdad, “para transformarlo en una verdadera excursión de pesca”.

Tanto Oyarbide como Fernández habían sido indagados por Bonadio en 2018. El "Pistolero", gran impulsor de la causa cuadernos y de su sustento basado en los arrepentidos, los procesó, pero luego la Cámara Federal revocó esa decisión y les dictó la falta de mérito. Sin embargo, los camaristas ordenaron seguir investigando y el juez Martínez de Giorgi fue sorteado para instruir ese desprendimiento de la causa de las fotocopias de los cuadernos. Ahora fueron sobreseidos.