01.10.2020 / Judiciales

El Consejo de la Magistratura le pidió a la Corte que rechace el per saltum de los jueces trasladados a dedo

El organismo solicitó hoy al máximo tribunal, que esta semana aceptó tratar la cuestión, que rebote los recursos extraordinarios por salto de instancia presentados por Germán Castelli, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, quienes pretenden continuar en los tribunales a los que fueron trasladados por decreto de Macri sin acuerdo del Senado para permanecer en esos cargos. Los argumentos.




Movió el Consejo de la Magistratura: el organismo le solicitó hoy que la Corte Suprema de Justicia que rechace los recursos extraordinarios por salto de instancia (per saltum) presentados por los jueces federales Germán Castelli, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, quienes buscan atornillarse en los tribunales a los que fueron trasladados por decreto por Mauricio Macri a pesar de no haber recibido acuerdo del Senado para permanecer en esos cargos.

Así, el CM respondió con dos informes, según publicó Télam (uno de 39 páginas para los casos de Bruglia y Bertuzzi y otro de 38 páginas para el caso de Castielli), a la demanda presentada por los tres magistrados rebeldes que son avalados por Juntos por el Cambio. Lo hizo, con firma del titular del cuerpo, Alberto Lugones, dentro del plazo de 48 horas que le había dado el máximo tribunal cuando decidió dar tratamiento al per saltum.

"En definitiva, los recurrentes no han demostrado que el único acto efectivamente cuestionado en el marco de esta acción de amparo les genere un perjuicio concreto, directo e inmediato sobre su esfera de derechos", sostiene la presentación del organismo de selección de jueces.

En el mismo sentido, agrega: "Evidentemente, y tal como ha sido señalado en intervenciones anteriores, a más de adolecer de razón jurídica sustantiva y de no haberse escogido la vía jurídica adecuada, la presente acción se encuentra mal direccionada y por ende condenada a su fracaso definitivo".

Con la contestación ahora será el turno de que dictamine el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, sobre la validez o no de los traslados. Tiene 48 horas. No obstante, ninguna de estas presentaciones es vinculante, por lo que al fin y al cabo será la Corte quien decidará a partir de ese momento. 

La discusión se refiere a la resolución 183, donde se inició el camino por el que el Consejo aprobó revisar los traslados de 10 jueces por considerar que se hicieron de manera irregular y remitió ese dictamen al Poder Ejecutivo. Son traslados realizados por Macri sin acuerdo del Senado, aunque con diferencias en otros aspectos.

Con esa determinación, el gobierno de Alberto Fernández envió los casos al Senado, Cámara que analiza si los traslados fueron correctos o no. En los casos de Bruglia, Bertuzzi y Castelli, ya los rechazó porque no se presentaron a la audiencia en la Cámara Alta. Luego, el Poder Ejecutivo publicó los decretos en los que ordenó que los jueces vuelvan a sus cargos anteriores.

Particularmente, Macri corrió a través de diversas maniobras a distintos camaristas y colocó allí a Bruglia y Bertuzzi, que fueron traslados a la Cámara Federal de Comodoro Py, por donde pasan todas las causas de corrupción del kirchnerismo y ahora del macrismo, y a Castelli al Tribunal Oral Federal 7, donde luego quedó radicado el juicio oral a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner por la causa de las fotocopias de los cuadernos, que ahora acarrean polémica por la inexistencia de las grabaciones legales necesarias de las declaraciones de los "arrepentidos". 

Los tres magistrados regresaron a sus tribunales anteriores -en los tres casos tribunales orales- pero están de licencia por autorización de la Corte hasta que ésta resuelva el fondo.

En conclusión, el Consejo señala que la demanda de los jueces está mal planteada porque debería ser contra el Poder Ejecutivo o el Senado, que son los que tomaron la decisión de revocar los traslados.

“En resumen, no se advierte en la acción deducida y tampoco en el recurso extraordinario federal por salto de instancia interpuesto, una explicación tangible acerca del agravio concreto que ocasionaría a los amparistas la resolución plenaria n° 183/20”, sostuvo el organismo, para solitarse así a la Corte que rechace los per saltum.