12.05.2021 / Uno de los magistrados lo contó por Facebook

Insólito: Justicia de Corrientes abrió fronteras pese a la pandemia para que un hombre visite a la novia en Brasil

En un fallo polémico, la Cámara Federal de Apelaciones correntina no avisó al Estado nacional y declaró inconstitucional la administración de fronteras terrestres en pandemia para que un hombre asista al cumpleaños de su novia brasileña en Porto Alegre. Lo denunció la directora de Migraciones, que pedirá la nulidad.




En un fallo entre escandaloso e insólito, la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes declaró inconstitucional - sin dar intervanción al Estado nacional y con uno de los jueces intergrantes contándolo por su cuenta de Facebook - la administración de fronteras terrestres seguras ante el coronavirus para que un hombre pueda ir al cumpleaños de su novia brasileña en Porto Alegre.

Así lo denunció desde su cuenta de Twitter Florencia Carignano, la directora Nacional de Migraciones, que anticipó que el organismo apelará el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes, que le abrió las fronteras al abogado Martín Lisi por la Disposición N° 1175/21 de la DNM para que viaje a Brasil para visitar a su pareja.

El cierre de las fronteras terrestres para el turismo extranjero es una de las medidas que tomó el Poder Ejecutivo, como se hizo en casi todos los países del mundo en los peores momentos de contagios, para hacerle frente a la segunda ola de coronavirus. 



Lisi presentó un recurso judicial para solicitar la apertura de las fronteras terrestres para poder viajar con su auto a Brasil, donde vive su novia, porque - argumentó - no podía costear un pasaje de avión. Según argumentó este abogado, el cierre de las fronteras terrestres se debe a la decisión del Gobierno de no querer realizar controles sanitarios. También justificó que era mucho más seguro sanitariamente viajar en su auto que en un avión con cientos de personas y sin respetar el distanciamiento social.

En primer lugar, fue al Juzgado Federal de Primera Instancia de Paso de Los Libres, pero rechazaron el pedido, al igual que el fiscal federal. Sin embargo, apeló para viajar a Brasil por el cumpleaños de su novia el 30 de mayo, día del festejo. Elevó un pedido de habeas corpus ante la Cámara de Apelaciones de Corrientes y los jueces Luis González, Mirta Sotelo y Selva Spessot, hicieron lugar al pedido y declararon la inconstitucionalidad de los DNU y las resoluciones dictadas por la Dirección Nacional de Migraciones.

Sotelo, Spessot y González, que difundió el fallo en su Facebook con una nota periodística de título irónico, dijeron que la medida contra el coronavirus afecta el derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino de Lisi, que quiere ver a su novia en Brasil, según el artículo 14 de la Constitución Nacional.

“Se advierte que la normativa que limita el egreso del peticionante por el paso fronterizo Paso de los Libres-Uruguayana, no afectaría en nada la salud pública de la República Argentina, sino más bien, eventualmente podría poner en riesgo la del país vecino”, dijeron los magistrados, como si Lisi no fuera a regresar. 



La decisión de la Cámara de Apelaciones de Corrientes generó la reacción de la directora Nacional de Migraciones, quien se enteró de la resolución a través de las redes sociales del juez González y anticipó que solicitará inmediatamente la nulidad del fallo.

A través de su cuenta de Twitter, Carignano recordó que “la administración de fronteras ha sido utilizada por todos los países como una herramienta necesaria para contener la propagación del virus. Vamos a pedir la nulidad de un proceso que omitió procedimientos básicos”.

Asimismo, Carignano sostiene que “el fallo de Cámara carece de fundamento alguno” y advirtió que “de aplicarse generaría un grave perjuicio a la salud pública cuando toda la Argentina extrema cuidados. ¿Quién se hará cargo de las consecuencias del fallo?”, se preguntó.