29.10.2021 / Aperturas

Quienes viajen desde Argentina podrán ingresar a la Unión Europea con o sin vacunas

El país fue incluído en la lista de "países seguros" que conforma y actualiza cada dos semanas la comunidad europea en base a la situación epidemiológica que vive cada territorio. Recomendaron levantar las restricciones sanitaria pero dependerá de cada jurisdicción.





El Consejo Europeo comunicó en el día de hoy que luego de evaluar la situación sanitaria argentina permitirá el ingreso a su territorio de personas vacunadas y no vacunadas que viajen desde nuestro país y recomendó la liberalización de medidas restrictivas como el aislamiento y el testeo de PCR con 72hs de anticipación al arribo. La resolución se dicta a partir del análisis del manejo de la pandemia, el avance de la vacunación y la reciprocidad y deberá ser ratificada por los países miembros.

Argentina fue agregada al Anexo I de la Recomendación del Consejo 2020/912 en la cual se define un enfoque común para viajar a la Unión Europea y comparte el mismo con otrs 21 países entre los que ya se encontraban por parte de Latinoamércia Uruguay y Chile y ahora se les suman también Colombia y Perú. Se les permitirá entonces el ingreso a todos, independientemente del estado de vacunación (no importa si la persona está vacunada, o si está vacunada con una vacuna no reconocida por la EMA o la OMS).

Esto es una buena noticia para las más de 11 millones de personas que iniciaron su esquema de inoculación en nuestro país con la vacuna Sputnik-V y las más de 8 millones que lo completaron con la misma, que aún no se encuentra aprobada en Europa. Hasta el momento tienen permitido el ingreso las personas vacunadas, los viajeros esenciales y los viajeros no esenciales desde países de la lista habilitada por la Unión Europea.

En este sentido, los países miembros pueden recibir a aquellas personas que hayan completado su esquema de inoculación 14 días antes del viaje con una vacuna autorizada por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA); los viajeros escenciales entre los que se incluyen a los ciudadanos de la comunidad, sus familiares, los residentes de larga duración en la UE y sus familiares; y los no esenciales que arriben de alguno de los países habilitados por el Consejo.