20.02.2026 / REFORMA LABORAL

Reforma laboral al Senado: qué artículo está flojo en la Cámara Alta y qué pasaría si la oposición logra voltearlo

La Cámara Alta deberá decidir si mantiene o descarta las modificaciones. El oficialismo aceptó eliminar el artículo 44 sobre licencias por enfermedad, pero advirtió que no convalidará más cambios.




Con los cambios presionados por la oposición aliada y dialoguista, la discusión por la reforma laboral entró en una zona de riesgo. Si la Cámara de Diputados modifica o rechaza este jueves el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), uno de los puntos que más resistencia genera, el proyecto abrirá un escenario complejo para el oficialismo: como cámara de origen, el Senado deberá resolver si insiste con su redacción original o si acepta los cambios.

Como parte de las negociaciones, el Gobierno aceptó eliminar el artículo 44, que regulaba las licencias por enfermedad. Esa modificación ya garantiza que el proyecto vuelva al Senado, pero, como el oficialismo está dispuesto a convalidarlo, la Cámara Alta lo aprobaría sin mayores obstáculos y la reforma quedaría sancionada.

El problema es distinto con el FAL. En la Casa Rosada aseguran que no admitirán modificaciones en ese ni en ningún otro punto. Si Diputados lo rechaza o altera sustancialmente, el Senado podría insistir en su versión original. Esa dinámica demoraría el trámite y el Ejecutivo no podría cumplir con los tiempos políticos fijados para llegar a la apertura de sesiones ordinarias con la reforma laboral convertida en ley. Pero en el peor de los escenarios para el oficialismo, el proyecto podría perder estado parlamentario si se mantuvieran las diferencias entre ambas cámaras.

SI EL SENADO NO ACEPTA LOS CAMBIOS

De acuerdo con el procedimiento parlamentario, si la Cámara de origen, en ese caso el Senado, rechaza las modificaciones introducidas por la revisora, el proyecto vuelve a Diputados para que insista en su postura o acepte el rechazo. La Cámara Alta solo puede debatir los artículos modificados, no reabrir el resto del texto.

El Senado puede insistir en su redacción original si reúne una mayoría calificada de dos tercios de los presentes. Si acepta los cambios de Diputados, el proyecto queda sancionado con esas modificaciones, como se prevé que suceda con la eliminación del artículo 44. Pero si persisten las diferencias, la iniciativa puede perder estado parlamentario y no volver a tratarse en el mismo año.

En el oficialismo ya habían advertido que, si en Diputados se introducen cambios adicionales a los ya acordados, el Senado no los convalidará. En Balcarce 50 sostienen que la eliminación del artículo 44 fue la concesión necesaria para garantizar la aprobación y que no están dispuestos a reabrir el resto del articulado.

Ese mensaje apunta directamente al FAL. Si el Senado rechazara los cambios de Diputados y la Cámara Baja insistiera, el ida y vuelta legislativo podría extenderse y afectar la hoja de ruta que diseñó el Ejecutivo. Para la oposición más dura, se abriría así una puerta para que la reforma laboral se caiga, algo que no puedo lograr con los votos en el recinto ni con el paro general y la movilización en la calle.

FONDO DE ASISTENCIA LABORAL

El FAL es un sistema obligatorio que introduce la reforma laboral destinado a financiar indemnizaciones por despido. Se conformará con una contribución del 3% de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de los aportes patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Ese aporte se integrará mensualmente junto con las contribuciones patronales. Los fondos serán administrados por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV). La normativa aclara que esa derivación no implicará responsabilidad del Estado nacional respecto de las obligaciones del empleador. Además, no se podrán utilizar los recursos para ningún fin distinto al pago de indemnizaciones ni elegir administradoras vinculadas, lo que busca evitar que los fondos financien a la misma empresa o a compañías relacionadas.

En el Gobierno sostienen que la reglamentación fijará qué instrumentos financieros podrán utilizarse, qué riesgos estarán prohibidos y qué niveles mínimos de liquidez deberán mantenerse para asegurar que los fondos respondan ante un despido. “La idea de que se puedan invertir es que la plata no pierda valor. No van a tener carácter de riesgo”, aseguraron desde Casa Rosada.

El esquema prevé beneficios fiscales. Los FAL estarán exentos del Impuesto a las Ganancias y no tributarán IVA, salvo por las comisiones de las administradoras. La contribución del 3% se compensará con una reducción equivalente en las contribuciones patronales destinadas al SIPA. En el oficialismo niegan que se trate de un sistema similar al de las AFJP y remarcan que los fondos no pertenecen al trabajador, no constituyen capitalización individual ni reemplazan haberes previsionales. Pero pese a esas aclaraciones, el FAL se convirtió en uno de los puntos más sensibles del debate parlamentario. Si Diputados decide modificarlo, el Senado tendrá la última palabra y el desenlace podría definir no solo el contenido, sino también la viabilidad política de toda la reforma.