29.11.2019 / Judiciales

La justicia se negó a que la indagatoria de Cristina por la obra pública sea transmitida en vivo

A través de una resolución, el Tribunal Oral Federal 2 rechazó el pedido de la defensa de la vicepresidenta electa para que se garantice la transmisión de su declaración del próximo lunes en el juicio oral por las presuntas irregularidades en la obra pública. La decisión fue dividida. Mirá por qué se negaron y por qué sí estaban dadas las condiciones para la difusión en vivo.



A pesar de que un famoso proverbio de un filósofo francés recomienda que "a cada día le bastan sus temores y no hay por qué anticipar los de mañana", una decisión de la justicia parece haber elegido anticipar sus miedos futuros e incluso censurado la posibilidad de que los argentinos los conozcan y juzguen. Es que el Tribunal Oral Federal 2 se negó hoy al pedido de la defensa de la ex presidenta y vicepresidenta electa, Cristina Fernández de Kirchner, para que se garantice la transmisión en vivo de su declaración indagatoria del próximo lunes en el juicio oral por las presuntas irregularidades en la obra pública.

Los jueces Jorge Gorini y Andrés Basso votaron en contra de la solicitud de la actual senadora y argumentaron que al inicio del juicio se fijaron las etapas que serían transmitidas y entre ellas no estaban las indagatorias. Por el contrario, el camarista Rodrigo Giménez Uriburu votó a favor del pedido de la ex mandataria por la gran trascendencia que el caso tuvo hasta ahora y que probablemente se multiplique el lunes, tan solo una semana antes de su asunción como vicepresidenta. 

Gorini y Basso se ampararon en que dos semanas antes del comienzo del juicio resolvieron que se iba a poder transmitir el inicio, la discusión final y el veredicto. Los magistrados señalaron que ninguna parte objetó esa decisión que excluyó las indagatorias de la transmisión.

“El principio procesal de publicidad de determinadas etapas del debate no es equivalente a transmisión en vivo del mismo, sino que se satisface mediante el aseguramiento de la debida y correcta difusión de cuanto ocurra en el juicio preservando el buen orden en el desarrollo de la audiencia”, explicaron y agregaron que “no existen ni se invocan razones novedosas” por parte de la defensa de la ex mandataria para modificar el criterio.

En cambio, el juez Giménez Uriburu señaló que si bien el tribunal había fijado los momentos del juicio para su transmisión, existen razones fundadas para modificar, cosa posible, esa determinación. Una fue “la gran trascendencia que ha generado el debate iniciado el pasado 21 de mayo” por la difusión que tuvo en los medios de comunicación, inclusive las indagatorias de los otros 12 acusados del caso.

“Si en el caso que nos ocupa tenemos en cuenta que se trata además de la declaración de quien revistiera el cargo de ex Presidenta de la Nación – actualmente Vicepresidenta electa a poco de asumir su cargo – resulta sencillo pronosticar que todo lo concerniente a su acto de defensa tendrá una aún más amplia propagación”, señaló para votar por la transmisión de la indagatoria de la vicepresidenta electa.

La declaración indagatoria del lunes a las 9:30 será la primera instancia judicial de este tipo que deberá atravesar la ex mandataria en un juicio oral.


LOS ARGUMENTOS QUE DEMUESTRAN QUE SÍ PODÍA TRANSMITIRSE EL EVENTO

Tal como explicó Carlos Beraldi, abogado de Cristina, el pedido de que la indagatoria sea transmitida era posible de realizarse, e incluso el texto presentado con ese fin contemplaba cómo hacerlo mediante el Centro de Información Judicial (CIJ), la pagina web de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y que desde allí cualquier canal de televisión o radio pueda tomar la información.

El sustento en que el letrado justificó la solicitud es una resolución nada más y nada menos que del máximo tribunal, la Corte, que estableció que las indagatorias en los juicios podían ser transmitidas. Es decir: si los plazos que los tribunales determinan al inicio son plausibles de ser modificados y si lo que pidió CFK también es legal en esta instancia de un juicio oral, no existían argumentos contundentes para la negativa.