
La reforma laboral que el Gobierno envió al Congreso incorpora varios capítulos dedicados a los trabajadores de plataformas tecnológicas. El régimen apunta a formalizar la actividad de choferes y repartidores, fijando criterios de independencia y obligaciones tanto para las plataformas como para quienes prestan los servicios. El texto define dos servicios principales: movilidad de personas y reparto de bienes, ambos realizados a través de aplicaciones. El proyecto establece que quienes trabajan mediante estas plataformas serán considerados “prestadores independientes”, con libertad para conectarse, aceptar pedidos y elegir el medio de transporte que utilicen, siempre dentro de las normas legales.
En cuanto a las plataformas, la iniciativa fija una serie de obligaciones: brindar información clara sobre cada pedido, respetar la libertad de conexión del prestador, ofrecer capacitaciones digitales y en seguridad vial, facilitar acceso a elementos de seguridad según el tipo de vehículo y disponer de un sistema de reclamos accesible. También deberán garantizar canales de atención con operadores para justificar decisiones que afecten la actividad de los prestadores.
Para quienes prestan los servicios, la normativa exige contar con una cuenta de usuario propia, estar inscriptos ante las autoridades fiscales y cumplir sus obligaciones tributarias y de seguridad social. También deberán informar una cuenta bancaria o billetera electrónica para cobrar, respetar las normas de tránsito y cumplir con las entregas o viajes que decidan aceptar.
Los "trabajadores independientes" podrá conectarse sin tener la exigibilidad de una periodicidad o frecuencia mínima; registrarse en la aplicación sin que ello implique asumir la obligación de conectarse y/o aceptar pedidos; interrumpir la utilización de la aplicación, sin tener que dar previo aviso a la plataforma, sin perjuicio de la responsabilidad civil que pueda tener frente al usuario; prestar servicios durante el tiempo que el prestador independiente estime conveniente; conectarse a la aplicación y prestar los servicios dentro del ámbito de cobertura establecido por la plataforma tecnológica;
También podrán decidir el mejor trayecto o recorrido, pudiendo valerse de la sugerencia de ruta que muestra la aplicación o utilizar otras aplicaciones de navegación de sistemas de posicionamiento global (GPS), siempre que ello no perjudique al usuario; y rechazar pedidos sin justificar el motivo, recibir explicaciones cuando la plataforma restrinja su acceso, solicitar portabilidad de datos y acceder a capacitaciones gratuitas en uso de la app y seguridad vial.
Además, establece que deberán contar con un seguro de accidentes personales, cuyo costo y responsable serán acordados entre las partes sin generar indicios de relación laboral. También se garantiza que los prestadores perciban el 100% de las propinas y que puedan conectarse sin frecuencia mínima, desconectarse sin aviso y elegir el recorrido más conveniente en cada viaje.
El proyecto establece que la aplicación del régimen será nacional y que, en cualquier situación no prevista, regirá supletoriamente el Código Civil y Comercial. La autoridad de aplicación será definida por el Poder Ejecutivo vía reglamentación. Con esta propuesta, el Gobierno busca crear un marco formal y flexible para una actividad que hoy emplea a decenas de miles de trabajadores en todo el país.