La Justicia en lo penal económico procesó al presidente de la AFA,
Claudio “Chiqui” Tapia, al tesorero Pablo Toviggino y a otros dirigentes de la conducción por presunta apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social. En su fallo, el juez Diego Amarante sostuvo que “se encuentra verificada, con el grado de probabilidad propio de esta etapa procesal, la intervención material y culpable” de los imputados y dispuso embargos millonarios sobre ellos y la propia institución.
La causa se originó por la retención y falta de depósito en tiempo y forma de impuestos y aportes patronales que, según la investigación, superan los $19.000 millones entre 2024 y 2025. El magistrado consideró que las autoridades contaban con facultades decisorias suficientes para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y que, sin embargo, omitieron hacerlo.
En su resolución, Amarante afirmó que la conducta de los dirigentes implicó “la omisión deliberada de ingresar en término los tributos retenidos, generando con ello una mayor disponibilidad de fondos” para la AFA, lo que configuraría el delito de apropiación indebida agravada reiterada, que contempla penas de hasta 50 años de prisión.
Además de Tapia y Toviggino, la medida alcanzó al secretario general Cristian Malaspina y a los exdirectivos Víctor Blanco y Gustavo Lorenzo. El juez ordenó embargos por un total de $1.700 millones, con montos de $350 millones para Tapia, Toviggino, Lorenzo y la propia AFA, y de $150 millones para Malaspina y Blanco.
Aunque los procesamientos fueron dictados sin prisión preventiva,
Tapia y Toviggino deberán cumplir una serie de restricciones: no podrán salir del país sin autorización judicial, no podrán ausentarse de sus domicilios por más de 72 horas sin permiso y deberán presentarse ante el juzgado cada vez que sean citados, lo que condiciona su agenda internacional en un año marcado por la actividad de la Selección en el Mundial de Fútbol.
Desde la AFA habían sostenido previamente que la deuda impositiva ya fue regularizada o se encontraba en proceso de serlo, pero el juez remarcó que el delito se configura al momento de no ingresar los tributos en tiempo y forma, independientemente de que luego se cancelen las obligaciones, por lo que consideró que existían elementos suficientes para avanzar con los procesamientos.