03.11.2020 / Judiciales

Jueces a dedo de Macri: la Corte los mantuvo en el cargo pero sólo hasta se haga el concurso

La principal conclusión que surge de la decisión del máximo tribunal es que hay un solo mecanismo para la designación de magistrados y es el que dice la Constitución. En una sentencia de 4 votos a 1, sostuvo que Bruglia y Bertuzzi podrán quedarse en la estratégica Cámara Federal de Comodoro Py hasta que termine el concurso para cubrir las vacantes, al que podrán postularse.




En una decisión con aspectos habituales del máximo tribunal y que ya había sido anticipada off the record, la Corte Suprema de Justicia de la Nación devolvió a Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, los jueces que el macrismo había puesto a dedo en la estratégica Cámara Federal de Comodoro Py, en sus cargos hasta que el Consejo de la Magistratura realice nuevos concursos para cubrir esas vacantes.

Queda clara, independientemente de los múltiples puntos que toca el fallo, como principal conclusión que el máximo tribunal enfatizó que el fondo de la cuestión es que los traslados de jueces nunca pueden ser definitivos, como promovía Juntos por el Cambio, y que la Constitución determina un solo procedimiento para la designación de jueces y es a través del correspondiente tránsito de un concurso con intervención del Poder Ejecutivo y aval del Senado a través de un acuerdo.

En una sentencia de 4 votos a 1 con críticas para todos lados, la Corte falló que los jueces Bruglia y Bertuzzi podrán quedarse en la estratégica Cámara Federal hasta que termine el concurso para cubrir las vacantes, al que podrán postularse y rendir examen, procedimiento que podría llevar unos dos años.

La decisión se sostiene en un voto conjunto de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, al que adhirió de forma concurrente en su esencia Elena Highton de Nolasco, mientras que Carlos Rosenkrantz, como ya había dejado dejando en claro desde su explícita militancia macrista en absolutamente todo, sostuvo que los traslados son definitivos y no hay vuelta atrás. Para la mayoría, en cambio, esa interpretación viola la Constitución Nacional y la independencia del Poder Judicial.



En la práctica, así, Bruglia y Bertuzzi vuelven al tribunal de alzada en Comodoro Py pero sólo hasta que termine un nuevo concurso, al que se podrán presentar.

En este punto, cabe aclarar un dato importante: de acuerdo con el fallo que se perfila, el Consejo de la Magistratura deberá llamar a un nuevo concurso para esos dos lugares y no podrá incluirlos en el que ya está en marcha para otras dos vacantes en la misma Cámara.

El voto mayoritario centra los argumentos en que la Constitución reconoce un único procedimiento para nombramiento de magistrados, previsto en el artículo 99 inciso 4 de la Constitución Nacional. En ese mismo sentido, señala que interpretar que un traslado es definitivo significa que hay dos opciones: nombrar por concurso o por traslado, lo que implicaría una grave afectación de la independencia del poder judicial.

La Corte, hasta hoy, no venía consiguiendo una postura mayoritaria más que por algunos elementos en torno a si los tres jueces deben permanecer en los puestos a los que habían sido traslados o si debían volver a sus designaciones de origen. Cabe recordar que el Senado no convalidó sus traslados al rechazar sus pliegos.

La decisión, con la que la Corte intenta resaltar su poder de quedarse con la última palabra en grandes temas institucionales y políticos, reparte cachetazos para todos lados.

El máximo tribunal de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la Resolución 183/20 del Consejo de la Magistratura que remitió al Poder Ejecutivo los antecedentes de los traslados de diez magistrados y, también, tomó la misma decisión respecto del Reglamento de Traslados de Jueces del mismo organismo. Además, exhortó al Congreso de la Nación para que dicte una Ley que reglamente el traslado de magistrados judiciales.

A la vez, la Corte no hace lugar al amparo del dúo Bruglia-Bertuzzi, porque precisamente pretendían atornillarse en forma definitiva en la Sala I de la Cámara Federal, para la cual no concursaron ni obtuvieron aval del Poder Ejecutivo ni acuerdo del Senado. 

Por un pedido especial realizado por Maqueda y Rosatti, el caso de Germán Castelli fue aplazado para el jueves, pero tiene características similares a los resueltos hoy y se espera que la decisión sea la misma.