08.01.2026 / FACULTADES DE LA SIDE

Se siguen acumulando los pedidos para frenar el DNU que amplió las facultades de la SIDE

El CELS presentó un amparo colectivo en el que solicitó que se declare la nulidad absoluta e inconstitucionalidad de la norma y reclamó una medida cautelar urgente.




El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) presentó una acción de amparo colectivo contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 941/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo reformó aspectos centrales de la Ley de Inteligencia Nacional. La organización solicitó que se declare la nulidad absoluta e inconstitucionalidad de la norma y reclamó una medida cautelar urgente para suspender parte de sus efectos.

En la presentación, el CELS sostuvo que el decreto “amplía de manera imprecisa y genérica las facultades del Estado para desarrollar tareas de inteligencia” y que, como consecuencia, habilita “una intervención directa sobre los derechos y garantías de todas las personas que residen en la Argentina”.

Por ese motivo, la demanda fue planteada como un amparo colectivo, al considerar que el impacto del DNU no es individual sino generalizado. Según el escrito, el decreto afecta derechos como la privacidad, la autodeterminación informativa, la libertad personal, la participación social y política y la igualdad ante la ley. En ese sentido, la organización advirtió que la norma “no contiene ninguna consideración sobre los derechos fundamentales en juego” y que sus disposiciones resultan “ilegales, arbitrarias y desproporcionadas”.

Uno de los ejes centrales del planteo es el cuestionamiento al uso del DNU para modificar la ley de inteligencia. El CELS afirmó que el Poder Ejecutivo no acreditó la existencia de una situación de necesidad y urgencia que justificara eludir el debate parlamentario y remarcó que el decreto fue dictado “al día siguiente del vencimiento de las sesiones extraordinarias convocadas por el propio Poder Ejecutivo”. Además, recordó que la Constitución prohíbe el dictado de DNU en materia penal.

En relación con el carácter colectivo de la acción, el escrito subrayó que el decreto constituye una “causa normativa común” cuyos efectos alcanzan a un universo amplio e indeterminado de personas y organizaciones. “Nadie puede gozar individualmente de la vida en democracia si no tiene garantizada la libertad para desarrollar su plan de vida, su participación social y política y su comunicación libre”, sostuvo el CELS al fundamentar la necesidad de una protección judicial de alcance general.

La demanda también alertó sobre la ampliación de las actividades de inteligencia y contrainteligencia, que podrían habilitar la recolección de información personal, la intervención en procesos sociales y la adopción de medidas compulsivas bajo definiciones vagas y ambiguas.

Para el CELS, el decreto “eleva el nivel de sospecha sobre toda la población” y refuerza el carácter secreto de las actividades de inteligencia sin controles adecuados. Junto con el amparo, la organización pidió la habilitación de la feria judicial, al sostener que se trata de un asunto que “no admite demoras” por la gravedad institucional y la afectación actual o inminente de derechos constitucionales. También dejó planteada la reserva del caso federal, con vistas a una eventual intervención de la Corte Suprema.

Ahora será la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal la que deba resolver si hace lugar al planteo colectivo, si concede la cautelar solicitada y si el DNU 941/2025 se ajusta a los límites constitucionales. El fuero ya recibió al menos tres amparos durante la feria de verano.