23.01.2026 / ALIMENTOS

Revés judicial para Pettovello: la Justicia ordena garantizar alimentos a los comedores

Un juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal intimó al Ministerio de Capital Humano a acreditar cómo garantiza el derecho alimentario en comedores comunitarios relevados y a completar el registro de los espacios que aún no fueron verificados, con plazos concretos.





El Juzgado de Feria de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó al Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, que informe y demuestre cómo se garantiza el acceso a alimentos en los comedores comunitarios ya relevados, tras advertir que la verificación realizada hasta ahora no alcanza para cumplir con la obligación estatal de asegurar el derecho alimentario de quienes asisten a esos espacios.

La resolución judicial establece un plazo de cinco días para que la cartera explique si los comedores relevados reciben asistencia directa del Estado o si fueron incorporados a programas vigentes, entre ellos Alimentar Comunidad, y exige precisiones documentadas sobre el modo en que se provee la mercadería necesaria para su funcionamiento cotidiano.

Asimismo, el fallo aclara que la orden original solo exigía constatar la existencia y actividad de los comedores, pero subraya que, una vez realizado ese relevamiento, el Ministerio debe dar cuenta de las medidas concretas adoptadas para garantizar la alimentación, un punto que hasta ahora no fue acreditado de manera suficiente ante la Justicia.

Entre los puntos más firmes, se destaca el punto que señala que el derecho a la alimentación debe ser demostrable y efectivo, independientemente de la evaluación que realice el organismo sobre cada espacio comunitario, dejando en claro que el Estado debe probar de qué modo asegura esa cobertura y no limitarse a invocar procedimientos internos.

Además, el tribunal se pronunció sobre los espacios comunitarios que no pudieron ser relevados en una primera instancia y, si bien tomó nota de las explicaciones oficiales, dispuso un nuevo plazo de diez días para completar la verificación total y cumplir con una orden previa que aún permanece incumplida.

En ese sentido, la resolución remarca que la obligación de relevar y asistir a los comedores no puede quedar supeditada a criterios internos de elegibilidad definidos por el Ministerio, y advierte que las decisiones administrativas no pueden interferir con la garantía efectiva de derechos básicos.