El Gobierno promulgó la ley de emergencia alimentaria nacional que había sido sancionada el 18 de septiembre último. La misma "garantiza en forma permanente y de manera prioritaria el derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria y nutricional de la población" en el país, mediante el decreto 667 publicado hoy en el Boletín Oficial.
La medida dispone un "incremento de emergencia como mínimo del 50% de los créditos presupuestarios vigentes del corriente año correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición".
Le faculta además al Jefe de Gabinete a partir del 1° de enero del año 2020, y hasta que dure la emergencia, a levar a cabo actualizaciones cada tres meses de las partidas presupuestarias correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición.
El decreto indica que se tomará "como referencias mínimas el aumento de la variación porcentual del rubro alimentos y bebidas no alcohólicas del Índice de Precios al Consumidor y la variación de la Canasta Básica Alimentaria, que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos".
La iniciativa le otorga la facultad al Ejecutivo de "disponer las ampliaciones y las reestructuraciones presupuestarias” como así también de “las decisiones administrativas conducentes a un abordaje efectivo de la emergencia alimentaria y nutricional".
La medida fue promulgada luego de la sanción del Congreso, no sin antes merecer criticas de funcionarios del oficialismo como ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, quien cuestionó a los movimientos sociales al sostener que “si tienen hambre que vayan a los comedores”, o del propio secretario de Cultura, Pablo Avelluto, al recalcar que la declaración “era más un slogan electoral” o del diputado de la Coalición Cívica Héctor “Toty” Flores al considerar que “el hambre es un concepto y cada uno lo vive como quiere”.