El Banco Central reglamentó el funcionamiento de las cajas de ahorros destinadas a menores de 18 años que estén autorizados, instrumento que se creó a mediados del año pasado con el objetivo de incrementar el nivel de bancarización.
La cuenta deberá ser abierta por un adulto, y este deberá autorizar al menor para utilizarla.
La caja no podrá tener más de un menor autorizado y se podrá utilizar para realizar depósitos y débitos en pesos. Además, el chico podrá realizar extracciones de efectivo (a través de cajeros automáticos, en puntos de venta o por ventanilla); compras en comercios y transferencias y pagos a través de medios electrónicos.
El titular de la cuenta podrá determinar un importe máximo diario de débitos (en una o más transacciones) que pueda realizar el menor sobre esta cuenta, independientemente de la modalidad por la cual se cursen.
Los servicios y movimientos de la caja de ahorros serán sin costo.