09.10.2019 / Judiciales

Cachetada a Macri: declararon inconstitucional el DNU para ajustar indemnizaciones por accidentes laborales

En una causa iniciada por "Tití" Fernández, un juez dictaminó que la retroactividad planteada en el decreto que redujo las indemnizaciones por accidente de trabajo o muerte viola la legislación vigente. Según el fallo, la norma firmada por el Presidente es "de carácter burdo" e "impropia del Estado de derecho".



En un día en que el macrismo inició una nueva embestida discursiva contra la justicia en boca del ministro de Justicia, Germán Garavano, la justicia laboral declaró la “inconstitucionalidad” del decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado por Mauricio Macri que ajustó fuerte las indemnizaciones por accidente de trabajo o muerte.

El caso está relacionado con un reclamo laboral del periodista deportivo Miguel Ángel “Tití” Fernández, que había iniciado la acción judicial contra la ART que desconoció las incapacidades laborales que padeció por la sobrecarga de trabajo en un escenario de estrés post-traumático, ya que ocurrieron después de la muerte de su hija Soledad durante la cobertura del Mundial de Fútbol Brasil 2014.

El fallo del juez laboral Alejandro Segura destroza a la norma sancionada por Macri, ya que la considera "de carácter burdo", "impropia del Estado de derecho" y "aberrante", y sostiene que la retroactividad planteada en esa medida viola la legislación vigente.

El magistrado evaluó que la retroactividad argumentada en el artículo tercero en el decreto 669/2019 publicado la semana pasada en el Boletín Oficial no puede afectar las causas que ya estaban en marcha. El cuestionado artículo dice que las modificaciones dispuestas en ese DNU “se aplicarán en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante”.

Segura se expidió en una causa iniciada por “Tití” Fernández, que reclamó a la aseguradora de riesgos de trabajo Experta ART SA y a Galeno ART una indemnización por las afecciones que sufrió tras la muerte de su hija, mientras él cubría el Mundial de Brasil 2014.

En su resolución, el juez utilizó lenguaje inclusivo y cuestionó duramente al decreto de Macri. "¿Puede un DNU establecer una norma menos beneficiosa para lxs trabajadorxs? ¿Puede un DNU determinar su aplicación retroactiva?", preguntó.

En esa línea, afirmó que respondería a ambas preguntas "en forma negativa" por "el manifiesto carácter burdo que tiene esta norma, impropia del Estado de Derecho, seguramente urdida por personas incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General".

Si el criterio del decreto Macri se pusiera en práctica, esa demanda quedaría atrapada en una retroactividad que iría en contra de la legislación vigente al momento en que fue presentada. El fallo determina que las aseguradoras deberán abonarle a Fernández lo que le corresponde según el origen de la demanda y a valores actuales, y declara explícitamente “la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 3º del decreto 669/2019”.

El cuestionado DNU de Macri había recibido el lunes pasado un dictamen en contra presentado por el fiscal Gabriel De Vedia , que dio curso a un amparo colectivo presentado por el Colegio de Abogados de Capital Federal.

Al hacer lugar a esa cautelar, el titular de la Fiscalía Nacional del Trabajo Nº3 pidió suspender la aplicación del decreto que modificó el cálculo de indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales vigentes en la ley 24.557.